Si le resulta difícil comprar los alimentos nutritivos que su familia necesita, el Programa CalFresh (anteriormente conocido como Cupones de Alimentos) puede ayudarle. CalFresh ofrece beneficios mensuales que ayudan a personas y hogares de bajos ingresos a comprar alimentos saludables y nutritivos. Los hogares autorizados para recibir CalFresh recibirán sus beneficios en una tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT) que puede usar para comprar alimentos en la mayoría de los supermercados, tiendas de conveniencia u otros establecimientos autorizados, así como en algunos mercados agrícolas.
La cantidad de beneficios de CalFresh que se otorgan depende del tamaño del hogar, los ingresos contables y ciertos gastos básicos, como vivienda y servicios públicos. Los hogares con necesidad inmediata de alimentos pueden solicitar el Servicio Acelerado. (Además, consulte lo que ofrecen las Despensas de Alimentos de Emergencia; consulte el enlace a continuación).
Todos los ciudadanos estadounidenses y los hijos de residentes legales permanentes pueden calificar para recibir los beneficios de CalFresh, independientemente del lugar de nacimiento de sus padres. Los padres también pueden calificar si cumplen con todos los demás requisitos del programa. Las personas sin hijos también pueden calificar.
Las solicitudes pueden presentarse en persona, por correo, en persona o por fax al (559) 685-3545. También puede solicitar por teléfono llamando a nuestro Centro de Atención al Cliente al 1-800-540-6680 o en línea en www.BenefitsCal.com . Si no tiene toda la información para completar la solicitud, puede presentar una solicitud incompleta con solo su nombre, dirección y firma, y un Trabajador de Elegibilidad le ayudará a completarla.
¿Tiene alguna condición física, mental o emocional que le dificulte solicitar beneficios o cumplir con los requisitos del programa? Podemos brindarle ayuda adicional. A este tipo de ayuda la llamamos adaptación razonable. La ley protege a las personas con discapacidades físicas, mentales y del desarrollo, así como a otras con problemas de salud graves (42 USC § 12132). Para obtener más información, comuníquese con su trabajador social. Puede comunicarse con el Coordinador de Derechos Civiles en [email protected] o al (559) 624-8078, o visitar nuestra página de derechos civiles .
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