Si bien nuestro objetivo es brindar servicios a las familias para que se reúnan con sus hijos, esto no siempre es posible ni lo más conveniente para los niños debido a los continuos problemas en el hogar. Cuando la reunificación familiar no es posible, CWS trabaja para brindarles una situación permanente, ya sea mediante la tutela o la adopción. Los tutores tienen la mayoría de los mismos derechos y autoridad legales que los padres biológicos, sin que se requiera la pérdida de la patria potestad. La tutela finaliza cuando el niño cumple 18 años y se le considera adulto. La adopción también proporciona al niño una familia permanente, lo que significa que la patria potestad se transfiere de la familia biológica del niño a la familia adoptiva.

Si ha considerado adoptar un niño o tiene preguntas sobre el proceso, no dude en contactarnos. Podemos guiarle durante todo el proceso, tanto antes como después de la adopción.


¿Tiene alguna condición física, mental o emocional que le dificulte solicitar beneficios o cumplir con los requisitos del programa? Podemos brindarle ayuda adicional. A este tipo de ayuda la llamamos adaptación razonable. La ley protege a las personas con discapacidades físicas, mentales y del desarrollo, así como a otras con problemas de salud graves (42 USC § 12132). Para obtener más información, comuníquese con su trabajador social. Puede comunicarse con el Coordinador de Derechos Civiles en [email protected] o al (559) 624-8078, o visitar http://tchhsa.tcweb.acsitefactory.com/eng/human-services/civil-rights1/ .

Contacto y ubicación

Lunes – Viernes
8:00 a. m. – 5:00 p. m.

Línea directa de abuso infantil disponible las 24 horas, los 7 días de la semana
Teléfono: 1-800-331-1585
Fax: (559) 749-9811

Servicios de Bienestar Infantil Línea Principal
Teléfono: (559) 623-0300
Fax: (559) 687-6459

Mapa de Google